En enero de 2022 entraron en vigor los cambios que se decretaron en términos de los plazos de garantía de la compra de productos nuevos y usados como los coches, ya sean de nueva matriculación o de segunda mano. En este post te contaremos de qué se tratan estas actualizaciones y cuáles son sus beneficios. ¡Sigue leyendo!

Garantías para la compra de un coche nuevo

Con el Real Decreto-Ley 7/2021 se establecieron modificaciones en materia de garantía para aquellos que han decidido comprar un vehículo nuevo o de segunda mano.

Garantías para la compra de un coche nuevo

Entre las nuevas actualizaciones, se indica que para los vehículos usados quedó ampliada la garantía a 24 meses, a menos que de mutuo acuerdo, entre comprador y vendedor, se establezca otra duración. Además, el vendedor deberá responder con el pago de las reparaciones de los defectos ocultos que no son detectables a primera vista.

Respecto a las garantías en la venta de vehículos nuevos la misma se extendió a 36 meses. Es decir, el comprador tiene derecho a que el vendedor cubra los desperfectos de fábrica durante los primeros tres años (antes eran dos) como así las averías eléctricas, electrónicas y mecánicas. Esto no cubre los arreglos de las piezas por desgaste o falta de mantenimiento, eso corre por cuenta del propietario.

A su vez, el fabricante tiene la obligación de poder reparar el vehículo durante 10 años desde que el mismo se deja de fabricar (antes eran 5). Se debe tener en cuenta que no es necesario que el coche sea reparado en un taller oficial de la marca, sino que queda a elección del comprador siempre y cuando se cumplan los requisitos pertinentes.

Del mismo modo, el plazo de la garantía de reparación en un taller también tiene establecido un plazo en la ley. En el caso de los vehículos particulares, la garantía de los talleres es de tres meses o 2000 kilómetros. Mientras que para los vehículos industriales la garantía es de esa misma distancia o 15 días.

El período de garantía en los talleres entra en vigencia a partir de la fecha de entrega del vehículo y tiene validez en tanto que el vehículo no sea reparado o manipulado por terceros.

¿Qué cubre la garantía de un vehículo nuevo?

A la hora de comprar un vehículo nuevo todos sus componentes incluyen una garantía obligatoria de tres años por defectos de fabricación.

¿Qué cubre la garantía de un vehículo nuevo_

La garantía de los neumáticos en un coche nuevo cubre el total de la reparación o solo un porcentaje, dependiendo del caso. Quedan excluidos de la garantía los daños causados por una conducción incorrecta, por errores de montaje y desmontaje o por mantenimiento inadecuado, teniendo en cuenta que se trata de elementos de desgaste y por lo tanto su cobertura dentro de la garantía dependerá del uso y desgaste.

Por otra parte, la garantía de la batería de un coche nuevo también está cubierta. Cuando la misma se estropea o se descarga dentro del plazo establecido, el fabricante está obligado a reemplazarla de manera gratuita.

A su vez, el sistema de embrague en un coche nuevo también estaría cubierto por la garantía siempre y cuando sea por un defecto de fabricación que sea comprobable y no por un mal uso o mantenimiento del mismo, al igual que ocurre en el caso de los neumáticos.

¿Qué cubre la garantía comercial de un vehículo nuevo?

Mientras que la garantía legal es común a cualquier compra de un coche nuevo, la garantía comercial es un compromiso que corre por parte exclusiva del vendedor y se ofrece como una ventaja adicional a la legal. El cumplimiento formal de la misma dependerá de los términos en los que la garantía se pacte en el momento de concretar la compra.

¿Cuál es la garantía de un coche de segunda mano_

¿Cuál es la garantía de un coche de segunda mano?

Con la Ley de Garantías de la Unión Europea que empezó a aplicarse en 2022, el vendedor de un coche de segunda mano tiene la obligación legal de asumir cualquier avería que se produzca durante los primeros 12 meses. Aunque la garantía total sea por dos años, es durante ese primer año que el comprador puede hacer reclamaciones por “vicios ocultos”.

Estas son las principales garantías en la compraventa de vehículos usados, que anteriormente solo se brindaba durante un año y el comprador solo podía demostrar en los primeros seis meses que los desperfectos se habían originado antes de la compra. Ahora es pasado los doce meses, que el comprador quedaría desprotegido y tendría hasta el segundo año para demostrar que la avería no fue ocasionada por el uso, en caso de que así lo sea.

¿Cuántos años de garantía tiene un coche de segunda mano y ocasión?

Como mencionamos anteriormente, la garantía del coche usado de segunda mano se amplió a 24 meses y esa es la validación legal en la compraventa de vehículos de segunda mano. Cabe destacar que la misma se encuentra por encima de cualquier acuerdo comercial que puedan establecer ambas partes y es la que tiene mayor peso a la hora de desatarse un conflicto judicial.

Todas estas modificaciones le brindan mayor seguridad y derechos al comprador a la hora de adquirir un coche de ocasión pero también han hecho incrementar los precios en el mercado.

¿Cómo beneficia la garantía de un coche de segunda mano al comprador?

Una vez tomada la decisión, es muy importante realizar todos trámites para comprar un coche de segunda mano antes de que este pase a ser propiedad absoluta del comprador y pueda conducirlo de forma legal:

¿Cómo beneficia la garantía de un coche de segunda mano al comprador_

  • Solicitar un Informe de Antecedentes del Vehículo
  • Presentar el Impreso de Solicitud de Cambio de Titularidad
  • Conseguir un contrato de compraventa
  • Adjuntar documentos y permisos complementarios
  • Abonar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales
  • Obtener un nuevo Permiso de Circulación
  • Adquirir un seguro de coche (obligatorio)

Dentro de las obligaciones del vendedor de un coche de segunda mano deberá estar su disposición a cubrir todas las reparaciones durante el primer año debido a “vicios ocultos”, fallos que en principio no se manifestaban pero que ya estaban ahí.

La garantía de un coche de segunda mano debe cubrir todos los fallos y el correcto funcionamiento durante 24 meses siempre y cuando pueda ser comprobado que ha sido un vicio oculto a la hora de la compra.

Entre las principales consecuencias de la nueva Ley de Garantía de vehículos de segunda mano, se ha observado un creciente incremento en la confianza por parte de los compradores, pero al mismo tiempo las ventas han bajado debido al aumento de los precios.

¿Qué cubre la garantía comercial de un vehículo nuevo_

¿Cuánto tiempo hay para devolver un coche de segunda mano y ocasión?

En cuanto al desistimiento en la compra de un coche de segunda mano, no se ha establecido expresamente por Ley la posibilidad de devolución si este no cumple las expectativas del comprador, pero sí se recoge la posible rescisión del contrato en caso de haber una problemática y de que ambas partes estén de acuerdo. En el caso de que se considere que una parte ha sido estafada por la otra, la resolución también puede ser dictaminada por un juez.

A la hora de comprar un coche, sea nuevo o de segunda mano, es importante no tomarse a la ligera todos estos puntos y tenerlos en consideración para evitar problemas futuros. En caso de que estés buscando repuestos y recambios originales para tu taller, no dudes en acceder a Virtual Rec, la app para gestionar la compra de repuestos originales cómodamente y de manera rápida.

82 comentarios de “Nueva ley de garantías en la compra de vehículos nuevos y segunda mano

  1. Ivan dice:

    E comprado un BMW de 2008 con 137.000km y hace poco se me enganchó la manera del líquido refiregueranre en la chaqueta y se rompió cuando mire vi que la tubería estaba podrida y de hay que por un enganchón leve se rompiera. ¿Eso me lo cubre la garantía?

    • Virtualrec dice:

      Buenos días Iván,

      Muchas gracias por tu consulta.

      En primer lugar, desconocemos las condiciones de garantía acordadas en la compra del vehículo, si bien la ley de garantías establece que en la venta de un bien de segunda mano, como puede ser el caso que nos trasladas, el vendedor, si se trata de un profesional o empresa que se dedican a la venta de vehículos, debe ofrecer al menos un año de garantía. Dicho esto, deberás reclamar al vendedor si lo sucedido está o no cubierto por la misma y siempre que no haya existido intervención o manipulación sin conocimiento o autorización expresa de quien es responsable de la garantía, en este caso el vendedor, quién deberá argumentar las razones por las que pudiera estar exento de la misma en base a la garantía ofrecida.

      Un saludo.

      • Mercedes dice:

        Llevo tres meses con un Peugeot 308 del 2008 que me he comprado en una compraventa de mi localidad , antes de pagarlo le pusieron unas cuantas cosas de poca importancia que le vimos pero a los pocos días de tenerlo observé que la combustión no la tenía bien lo comunique a la casa y me dijeron que la combustión la tenía bien ….. pues tardo unos diez días cuando me Aparicio en la pantalla de averías un aviso que decía fallo en la combustión del coche cuando lo aparqué me desapareció pero yo notaba que el coche la combustión no la tenía bien y así lo comunique, me dijeron que ;o dejará allí que lo iban a llevar al taller lo han tenido una semana …..me llamaron para recogerlo y no sólo está igual si no que ahora me sale en la pantalla un tornillo iluminado que hago si siguen sin darme la solución ?? Puedo yo por mi cuenta llevarlo a un taller y pedir que lo metan en Dianosis y saber con seguridad lo que tiene y exigir que de una vez por todas me lo arreglen o como lo hago

        • Virtualrec dice:

          Hola Mercedes,

          Muchas gracias por tu pregunta, desde el pasado mes de enero de 2022, la Ley establece que el periodo de garantía de un vehículo de segunda mano no puede ser inferior a un año, siempre que la compra-venta se realice a un vendedor profesional y no entre particulares. Por lo que en el caso que nos trasladas, el vendedor debe reparar y hacerse cargo de la reparación, tanto si es realizada por el mismo como por un tercero, siempre que previamente acepte esto último en el caso de que no tenga los medios o capacidad de poder reparar el vehículo.

          Deberías por tanto acordar con el vendedor si se haría cargo de la reparación realizada por un tercero.

          Un saludo

    • Omar Walteros dice:

      Hola compré una Opel combo del 2002 con 195 mil km a un vendedor particular a los ocho días de la compra la furgoneta la aparque se apagó y no quiso volver a prender, resulta que se dañó la centralita al llevarlo al taller me dijeron que la centralita ya había Sido reparada y que no IVA más.
      Llame al vendedor y me dice que el no me da garantía por partes eléctricas y que el no sabía del daño que tenía, la reparación sale por un promedio de 300€. Puedo reclamarle la garantía o no?

      • Virtualrec dice:

        Hoal Omar,
        La ley establece que en el caso de venta entre particulares la garantía legal se limita a 6 meses, aunque se puede pactar un plazo diferente e, incluso, renunciar al plazo de garantía. Si surge algún problema, deberás demostrar que el fallo ya estaba presente cuando lo compraste y por lo tanto se trataría de un “vicio oculto”. En el caso que nos trasladas el vendedor debería asumir el importe de la reparación, pues la pieza según lo que indicas ya fue reparada con anterioridad. Según el Código Civil y el Real Decreto-Ley 7/2021, la garantía mínima obligatoria será de seis meses desde la formalización de la compra y deberá cubrir todos aquellos posibles vicios ocultos que presente el vehículo en el plazo mencionado, cuando fueran desconocidos por el comprador. Esto será siempre que sea posible demostrar que son anteriores a la venta del vehículo.
        Saludos

  2. Jose tomas dice:

    Compre un coche en otra provincia y se me a estropeado El compresor del aire . Me. A dicho el vendedor que lo tengo que llevar a su provincia para El arreglo

    • Virtualrec dice:

      Buenos días José,

      Gracias por tu comentario.

      De acuerdo al condicionado de garantía ofrecido en el momento de la compra, si la cobertura de la misma la dio el vendedor en el lugar de la compra o a nivel nacional es lo que determinará donde se pueden hacer cargo con arreglo o cobertura de la misma, pero siempre de acuerdo al taller del vendedor.

      Un saludo.

      • Eduardo dice:

        Hola , gracias de antes mano . Compre un Volkswagen scirocco en junio de este año y le hecho apenas 2000 kilómetros, tengo que cambiar el volante bimasa , si la garantía que contrató él compraventa no lo cubre , se tiene que hacer el responsable?? Un saludo

        • Virtualrec dice:

          Hola Eduardo,
          Buenos días, la pieza que comentas es un elemento sometido a uso y desgaste por lo que se trata de una pieza que podría no estar cubierta por la garantía, además de no poder contemplar cual era su estado antes de su compra por el uso previo que ha tenido el vehículo. Por otro lado, la ley de garantía contempla que en un vehículo de segunda mano las obligaciones del vendedor deberá estar su disposición cubrir todas las reparaciones durante el primer año debido a “vicios ocultos”, fallos que en principio no se manifestaban pero que ya estaban ahí, siempre que no se trate de un uso inadecuado y cuando el fallo que presente impida su uso normal o funcionamiento para el que fue fabricado.
          Un abrazo!

      • David dice:

        Compre un range rover evoque de segunda mano con 1 año de garantía en motor y caja de cambios, hace 6 meses que tengo el coche y el vaso de expansión del anticongelante se me llena con aceite del motor, y se calienta, lo tiene que cubrir el vendedor.

        • Virtualrec dice:

          Hola David,
          El plazo de garantía legal en el caso de compra a profesionales se puede pactar de mutuo acuerdo entre el comprador y el vendedor, pero no puede ser nunca inferior a un año. Adicionalmente se puede ofrecer una garantía comercial que siempre debe suponer una mejora de las condiciones de la garantía legal, nunca un recorte. Durante la vigencia del periodo de garantía, el vendedor deberá hacerse cargo de la reparación siempre que dicha avería no estuviera indicada previa o en el momento de producirse la compraventa, y siempre que no se trate de fallos debidos al uso o desgaste propio del vehículo y/o posible mal uso o negligencia en el uso del mismo.
          Saludos

  3. Jaime dice:

    A los 5 meses de comprar, con garantía de un año, un bmw 525 de segunda mano el embrague está fallando. ¿Me lo cubre la garantía?

    • admin_autorent dice:

      Buenos días Jaime,

      Gracias por tu consulta.

      Tanto las coberturas como las exclusiones de la garantía las debe indicar el vendedor en el clausulado de la misma. En el caso concreto del embrague al tratarse de una pieza sometida a uso y desgaste, habrá que ver si está cubierta o no, además de, en el caso de estar cubierta, diagnosticar a que se debe el fallo, pues por causas de desgate o uso inadecuado normalmente no lo admiten.

      Un saludo.

  4. Juan dice:

    Hola, no encuentro en la ley de garantías nada sobre venta de vehículos industriales de segunda mano (cabeza tractora de un camión). Por ejemplo, una empresa de transportes vende alguno de sus vehículos usados a otra empresa ¿la ley obliga a dar garantía de estos vehículos industriales ? si es así, cuanto tiempo/km ? pueden indicarme el punto de ley que regula esto? es que no encuentro esa información…gracias

    • Virtualrec dice:

      Hola Juan,
      En la compraventa de vehículos de ocasión entre profesionales no existe una garantía obligatoria, pues dependerá de lo que se pacte en dicha compraventa, pero luego si dichos vehículos son vendidos a consumidores finales será el vendedor quien deba ofrecer la garantía legal establecida en la ley. Lo que si existe es la obligación derivada en referencia a posibles averías graves cuyo origen se demuestre que es previo a la entrega de los vehículos vendidos entre profesionales y que según la ley tiene una duración de un año desde la entrega.
      Un abrazo!

  5. Marta Hernandez dice:

    compre una autocaravana a un particular en julio 2022.
    En junio de 2023 me surge una averia de inyectores sucios. ¿Puedo reclamar al que me vendio la autocaravana?
    Un abrazo

    • Virtualrec dice:

      Hola Marta.
      Antes de nada agradecerte la cuestión que nos planteas. En primer lugar deberías remitirte a quién te vendió el vehículo, ya que es quien debe responder de cualquier aspecto relacionado con la garantía y ver si en el clausulado esta cuestión que indicas estaría incluida, pues al tratarse como comentas de que el origen de la avería es debido a que los inyectores están sucios, muy probablemente esto sea algo que no está incluido al tratarse de suciedad, la cual se podría deber a diferentes causas como por ejemplo un inadecuado mantenimiento, calidad del aceite de motor inadecuada, calidad del combustible utilizado, uso del vehículo sin hacer trabajar el motor en todos los regímenes para evitar esa suciedad en los inyectores,… En este sentido este tipo de averías no suelen estar cubiertas por la garantía por dichos motivos.
      Un saludo.

  6. Jose Antonio dice:

    ¿Es legal dar una garantía que cubra hasta 1000€ de la avería? Opel Insignia cdti comprado con 117.200 km y averiado con poco más de 120.000 km. Biela rota. Coste, más de 4.000€.
    ¿Puedo reclamar al compraventa su completa reparación?

    • Virtualrec dice:

      Muchas gracias por tu comentario José Antonio,

      La nueva ley de garantías que entró en vigor el pasado enero de 2022 no establece limitaciones a la cuantía que debe cubrir dicha garantía. Lo que si dice expresamente en caso de un producto, como puede ser tu caso de un vehículo, de segunda mano, es que el vendedor y comprador pueden pactar la duración de la garantía, pero esta no puede ser inferior a un año, así como que los defectos que aparezcan durante ese primer año se entiende que son de origen y por tanto que ya estaban en el momento de la entrega, salvo que se demuestre que la avería ha sido provocada por un mal uso.

      Un abrazo.

  7. antonio dice:

    Hola, compré un vehículo de segunda mano a un particular. Cual es la duración de la garantía, 6 meses o 1 año?. No hay nada especificado en el contrato al respecto.

    • Virtualrec dice:

      Muchas gracias por tu pregunta Antonio.

      En el caso de compraventa de productos o vehículos de segunda mano entre particulares no aplica la ley de garantías, sino lo que se establece en el código civil, que en este caso regula los vicios o defectos ocultos, defecto interno y grave, en la compra-venta de cualquier objeto entre particulares, es decir, el vehículo no debe presentar defectos ocultos y debe estar libre de cargas o gravámenes. Para ello se establece un periodo de cobertura legal de 6 meses, periodo durante el cual existe la opción de reclamar al vendedor la resolución del contrato de compraventa o una rebaja en el precio, pero no la reparación por su parte.

      Un abrazo.

      • Dolores Jiménez dice:

        Hola, compré un coche con garantía de un año de motor y caja de cambios establecido por ley y se ha roto el radiador,cubre la garantía ese arreglo?

        • Virtualrec dice:

          Muy buenos días Dolores,

          De acuerdo a la Ley de garantías que entró en vigor el pasado enero de 2022, para un producto de segunda mano establece que el plazo de garantía se puede pactar de mutuo acuerdo entre el comprador y el vendedor, no siendo inferior a un año. Respecto de la consulta deberás dirigirte al vendedor y ver los términos que figuren en el documento de garantía que te haya entregado y cual es la cobertura, si exclusivamente es la que indicas o cubre algo más. En cualquier caso deberás demostrar que el fallo ya estaba presente cuando compraste el vehículo.

          Un fuerte abrazo!

  8. Daniel otazo dice:

    Hola, he comprado hace 11 meses un coche de segunda mano en una empresa que se dedica a la venta de coches, se me ha dañado, la bomba de combustible y la reparación más los filtros que hay que cambiar…. Le he pasado presupuesto a los que me lo han vendido y dicen que no lo cubre la garantía y no se hacen cargo, que solo cubre el motor y caja. Solo he hecho 10.000 km al coche. Espero me asesoren. Gracias.

    • Virtualrec dice:

      Muchas gracias por tu consulta Daniel.

      La nueva ley de garantías que entró en vigor el pasado enero de 2022 no establece que elementos debe cubrir dicha garantía, pero si debe cubrir aquellos defectos que aparezcan durante el primer año, ya que se entiende que son de origen y por tanto que ya estaban en el momento de la entrega, salvo que se demuestre que la avería ha sido provocada por un mal uso o por un inadecuado mantenimiento. Evidentemente en el caso que nos comentas lo relativo a los filtros no estaría cubierto por dicha garantía por tratarse de elementos sujetos a mantenimiento, y en el caso de la bomba de combustible debería estar cubierta siempre que su fallo no se deba a esa falta de mantenimiento.

      Un abrazo.

  9. Fernando dice:

    He comprado un vehículo hace 4 meses a una compra venta, venden según me dicen o constan para hacienda como persona física, no son S.L ni nada de eso… ¿la cobertura sigue siendo de un año o pasa a 6 meses?

    Se me ha roto la capota del coche que es eléctrica, y la garantia es de motor y caja de cambios…

    • Virtualrec dice:

      Buenos días Fernando,

      Gracias por la consulta. Entendemos por lo que explicas, que se trata de una compraventa entre particulares ya que indicas que no se trata de S.L., por lo que habrás adquirido el vehículo mediante un contrato de compraventa y no con factura. Siendo así, en la venta entre particulares la garantía legal se limita a 6 meses, aunque es posible pactar un plazo diferente o incluso renunciar a la garantía en caso de negociación en el precio. Si surge algún problema se deberá demostrar que el fallo ya existía en el momento de la compra

  10. Juanka dice:

    Hola, hace un mes compré un 308sw 2010,
    Resulta que lo llevo a mi taller de confianza y ve que la caja de cambios suelta valvulina y está mal sellada,osea ha sido abierta y reparada antes con posterioridad a mi compra,.
    Puedo reclamarle que me devuelvan el dinero ?.
    O que me cambien la caja entera?.
    Gracias

    • Virtualrec dice:

      Muchas gracias por tu consulta Juanka.

      Entendemos que quieres decir que la intervención en la caja de cambios ha sido con anterioridad a su compra. Puede ocurrir que en un vehículo de segunda mano sea necesaria realizar alguna reparación para dejarlo en orden de uso y ponerlo a la venta. En este caso concreto deberás, de acuerdo a la garantía que el vendedor te ha ofrecido en la compra del vehículo, mínimo legal un año, a reclamar la reparación de la fuga en la caja de cambios y que para tu tranquilidad, además de verificar el buen funcionamiento de la misma, te informen de cuál ha sido la intervención realizada en un ejercicio de transparencia, al igual que te habrán informado sobre el mantenimiento y/o histórico del vehículo. Solo si la reparación no pudiera llevarse a cabo o si no se dispone de otro producto similar, se podría pedir un descuento adicional o incluso llegar a solicitar la resolución del contrato. En cualquier caso lo mejor es llegar a una acuerdo satisfactorio para ambas partes.

      Un abrazo.

  11. Victor h dice:

    Hola!! Quiero vender mi coche pero tiene algunas cosas que se que fallan y otras que habría que mirar pero quisiera saber si puedo hacer la venta del coche sin garantía, llegando a un acuerdo con el comprador y como debo redactarla para no tener problemas más tarde

    • Virtualrec dice:

      Hola Víctor,
      La legislación vigente regula los vicios o defectos ocultos, defectos internos y graves, en la compra-venta de cualquier objeto entre particulares, en este caso un vehículo, durante un plazo de seis meses desde la fecha de entrega, es decir, el tiempo de garantía de un vehículo de segunda mano cuando la compra-venta se realiza entre particulares es de seis meses, siendo los defectos a los que se refiere, aquellos que no permitan usar el vehículo para el uso al que se destina o disminuyan su uso a causa de dichos defectos. El vehículo además de no presentar defectos ocultos, debe estar libre de cargas o gravámenes. Esto con independencia de que, conociendo el estado del vehículo y sea necesario realizar algunos arreglos, se pacte un precio menor del que tendría de no necesitar dichos arreglos.
      Saludos!

      • Roberto dice:

        Buenas. He comprado un coche a un compra-venta que en las webs que promociona los cohes pone en su perfil «tienda profesional / concesionario», pero a la hora de hacer el contrato pone contrato de compra venta entre particulares.
        Al día siguiente de tener el coche en mi poder lo he llevado a un taller para que lo revisen, y me han dado una serie de averías (fuga de combustible por la bomba, fuga de aceite, fuga de líquido de dirección, así como diferentes piezas en la suspensión), y el vendedor no me dijo nada de esto, y además me señaló que lo revisaron en un taller… pero en el contrato no pone nada de garantía, sólo que me daba garantía de una semana si llevaba el coche a revisar a un taller y veían que hubiese piezas con pérdida y bañadas en aceite.
        Mi pregunta es si debe hacerse cargo el vendedor de todos los defectos, y en caso de que no quiera hacerse cargo, cómo debo proceder… Reparo por mi cuenta y exijo el pago de las facturas en el posible juicio, o no puedo usar el coche hasta que haya resolución?
        Gracias de antemano. Un saludo

        • Virtualrec dice:

          Hola Roberto,
          La garantía entre particulares cuya duración es de 6 meses, tiene como objetivo proteger al comprador ante posibles averías, defectos o vicios ocultos anteriores a la compra. Si en el momento de la compra el vh ya presenta diferentes fallos que impiden o dificultan su uso normal, el vendedor está obligado a reparar los defectos conocidos si es necesario o hacer una rebaja previamente acordada del precio inicial.
          Abrazo

  12. Jonathan dice:

    Hola! Estoy pensando en comprar un coche y me he encontrado con un concesionario de coches de ocasión que vende un coche sin garantía. Supongo que si lo venden, será porque funciona correctamente, dado que no se especifica en el anuncio nada que diga lo contrario.

    Lo curioso es que eluden la garantía bajo el siguiente pretexto: » Vehículo de liquidación, no tiene garantía». Es la primera vez que lo veo.
    Es esto legal?

    Muchas gracias de antemano.
    Un saludo!

    • Virtualrec dice:

      Muchas gracias por tu comentario.

      En relación a tu pregunta, la ley de garantías establece que no cabe pactar cláusulas entre consumidor y vendedor que excluyan o limiten los derechos conferidos al consumidor en dicha ley, cuando se trata como indicas de un vehículo vendido de un profesional a un particular.

      Es posible que entre profesionales o venta entre empresas se pueda pactar dicha u otra condición. En cualquier caso el periodo mínimo de garantía no puede ser nunca inferior a un año si se trata de venta a un particular por parte de un vendedor profesional.

  13. Javier dice:

    Buenas, en mi caso compré un coche de segunda mano a un profesional y a los dos meses se jorobó la caja de cambios, ellos me dicen que yo firmé una cláusula que les inhibía de cualquier problema, es decir que no tenía ningún tipo de garantía.?¿Les puedo re llamar algo? ¿Es legal?

    • Virtualrec dice:

      Muchas gracias por tu pregunta Javier,

      Si se trata de la venta de un profesional a un particular, la ley de garantías establece que no cabe pactar cláusulas entre consumidor y vendedor que excluyan o limiten los derechos conferidos al consumidor en dicha ley siendo el periodo mínimo de garantía de un año.

      Podría ocurrir que en el acuerdo de compra-venta se informe del estado y fallos del vehículo, acordando un precio inferior y estando de acuerdo ambas partes.

  14. Jose Angel dice:

    Buenos días, a finales de Julio compre un Hyundai Tucson 136CV 48v. A finales de Agosto salio un problema en el cuadro por el que se paraba el coche a baja velocidad y tenia que volver a arrancar con llave. Ese fallo no se quedaba en el historico de errores. A primeros de Septiembre volvió a ocurrir pero hice fotografias mientras ocurria el error. El dia 12 de Septiembre lo lleve al concesionario, alli no saben lo que le pasa porque nunca se ha dado el fallo y tampoco aparece al meter la maquina. A fecha de hoy 07 de octubre el coche sigue en el taller esperando una solucion. Mi pregunta es: tengo algun derecho para solicitar o bien un vehiculo nuevo o devolver el coche y anular la operacion financiera? Muchas gracias

  15. Marta dice:

    Buenas, he vendido un Seat León de segunda mano hace casi 6 meses, el comprador me comunica, que se le averío la apertura y cierre de las puertas, no sabe si es avería de la llave o del cierre centralizado del coche. El vehículo nunca tuvo ningún problema de ese tipo, siempre funcionó bien, yo no se si es porque falló o por mal uso (si la llave a llevado un golpe o le han forzado la cerradura…, ¿tengo que hacerme cargo aunque no sea un vicio oculto? Muchas gracias.

    • Virtualrec dice:

      Buenos días Marta,
      La garantía legal entre particulares se limita a 6 meses, aunque se puede pactar un plazo diferente e, incluso, renunciar al plazo de garantía. Esta garantía tiene como objetivo proteger al comprador ante posibles averías, defectos o vicios ocultos anteriores a la compra. Si surge algún problema, es el comprador quien deberá demostrar que ya existía el fallo y que no se debe a un mal uso, salvo que se trate de un vicio oculto, es decir, un fallo que impida el uso normal del vehículo.
      Saludos

  16. Rosa Lorda bernabe dice:

    Buenos Días : Mayo del 2021 compré un coche en un concesionario de segunda mano, al coche hay que cambiarle una válvula del acelerador y sube 450 euros. Total que los llamo y me dicen que la garantía eres de un año y que es lo que firme , pero la nueva ley dice que son dos años . Están obligados a reparar el coche.? Gracias

    • Virtualrec dice:

      Buenos días y gracias por tu comentario,
      Lamentablemente en puntuales ocasiones un vehículo puede presentar una anomalía que, además de poder no quedar registrada en forma de código de avería, es complicada reproducir. Para ello es importante que en el Concesionario tengan toda la información posible con el fin de poder reproducirla para posteriormente proceder a su reparación. Durante el tiempo que el vh está siendo diagnosticado y por lo tanto no esta siendo utilizado, el periodo de garantía queda suspendido y no computa. La Ley de Garantías establece ante un producto defectuoso, se podrá ejercer la opción entre la reparación del producto, su cambio o la devolución del dinero pagado dentro de los 6 meses desde la adquisición del producto, con el inconveniente de que el vehículo presenta un fallo que no se reproduce, aunque desde el pasado enero de 2022, la ley establece un periodo de dos años, en el que el consumidor no necesita demostrar la falta de conformidad del producto.
      Saludos

  17. Diego dice:

    Hola me
    Vendieron una pick up con 100.000 km y a los 135.000 km el motor y el turbo se han roto y no tiene arreglo ( 1 año y dos dias después de recogerlo ). Me piden un motor nuevo que cuesta 12,000 euros y el coche costó 18.000. En el contrato viene que me dan una garantía adicional de 5 años con un seguro europeo…. Ninguno contesta…. Que puedo hacer y contra quien puedo ir ? El concesionario ? El seguro ? Los dos ?

    • Virtualrec dice:

      Buenas Diego,
      La ley de garantías indica que el vendedor debe cubrir todas las reparaciones debidas a “vicios ocultos” durante el primer año, transcurrido este periodo mínimo legal, si como indicas, la garantía del vehículo es a través de una compañía aseguradora, tendrás que ver que indica el clausulado en relación a la avería que presenta el vehículo y si está cubierta por el mismo.
      Saludos

  18. Miguel dice:

    Buenos días he comprado hace 4 meses un coche en un concesionario, lo llevo al taller por qué me vibraba al meter la segunda, me dicen que me tienen que cambiar la caja de cambio por que tiene un desgaste una de las piezas, les mando la factura al concesionario y me dicen que no cubre la garantía por qué es una pieza de desgaste. Quería saber si tienen razón? Por qué me he planteado denunciarles

    • Virtualrec dice:

      Hola Miguel,
      La caja de cambios está sometida a uso y un uso inadecuado puede provocar desgastes o averías en la misma, por lo que se trata de una pieza que podría no estar cubierta por la garantía, además de no poder contemplar cuál era su estado antes de su compra por el uso previo que ha tenido el vehículo. Por otro lado, la ley de garantía contempla que, en un vehículo de segunda mano, dentro de las obligaciones del vendedor deberá estar su disposición a cubrir todas las reparaciones durante el primer año debido a “vicios ocultos”, fallos que en principio no se manifestaban pero que ya estaban ahí, siempre que no se trate de un uso inadecuado y cuando el fallo que presente impida su uso normal o funcionamiento para el que fue fabricado dicho vehículo.
      Saludos

  19. Julio dice:

    Hola, he comprado un coche de sentada maní en una casa de compraventa. A los dos días de tener el coche me dejó tirado circulando, según ellos la batería, la cambiaron. A la semana me pasó lo mismo y el coche en el taller. Les he dicho que quiero devolver el coche ya que no me fio. Su respuesta es que si puedo devolver el coche pero me generara unos gastos. Cambio de nombre x€ y por la cancelación y estudió de la financiación entre un 3,5% y un 5% del dinero prestado. Eso es asi? Yo entiendo que al ser un vicio oculto del coche a mi no me tiene que generar ningún coste.

    • Virtualrec dice:

      Buenos días Julio,
      En la venta de vehículos de segunda mano de profesional a particular la ley de garantías establece un periodo de 24 meses que se puede reducir pero nunca debe ser inferior a un año, periodo durante el cual el vendedor está obligado a cubrir y atender todas las reparaciones debidas a “vicios ocultos” que impidan el uso normal o funcionamiento para el que fue fabricado el vehículo. En cuanto al desistimiento en la compra de un coche de segunda mano, no se ha establecido expresamente por Ley la posibilidad de devolución si este no cumple las expectativas del comprador, pero sí se recoge la posible rescisión del contrato en caso de haber una problemática y de que ambas partes estén de acuerdo.
      Saludos

  20. Mar dice:

    Hola! Compré un coche el día 2 de noviembre en Madrid a un vendedor profesional, y el día 13 me dio fallo de potencia, le escribí al vendedor y me dijo que no cubría la garantía ( ya que está solo cubre motor y caja de cambios). Entonces fui a un taller de mi interés a ver qué le pasaba, me dijeron que era el tubo de admisión, lo cambiaron y pague la factura. Luego se la he reclamado al vendedor ( acreditando me con la ley) y dicen que solo me pagan la pieza, por qué no ha sido en su taller y que la garantía solo me cumple en su taller ( a pesar de que no pone nada d eso en el contrato). Me gustaría saber si esto es legal y si además cada vez que se me estropee algo del coche, me tengo que mover a otra comunidad autónoma para tener que llevarlo a su taller. Gracias

    • Virtualrec dice:

      Hola Mar,
      La ley de garantía en la venta de vehículos usados establece que en la venta de profesionales a particulares, la garantía legal mínima debe ser de una año. Dentro de este periodo el vendedor debe dar cobertura de los fallos que presente el vehículo que impidan un funcionamiento normal para el que fue adquirido, siempre que no se trate de fallos debidos al uso o desgaste propio del vehículo y/o posible mal uso o negligencia. En el caso que indicas, el vendedor debe asumir el importe total de la reparación, pues en ningún caso la ley diferencia si debe repararse en un taller cualquiera o en el taller del vendedor.

      Saludos

  21. Lorenzo dice:

    Hola, Compré en un concesionario un coche nuevo que se matriculó a finales de Diciembre de 2021 pero me lo entregaron el 5 de Enero de 2022.
    ¿En mi caso la garantía del fabricante es de 2 o 3 años?
    Gracias por su respuesta

    • Virtualrec dice:

      Hola Lorenzo!
      La garantía de los productos comprados a partir del 1 de enero de 2022 pasó de 2 a 3 años, pero la ley establece que el periodo de la misma comienza cuando se empieza a usar el bien, lo que no significa que, por no disponer del mismo, la garantía sea la del periodo posterior a la fecha de adquisición, puesto que la compra, como indicas, se hizo con anterioridad al cambio de la misma.
      Saludos

  22. Migue dice:

    Buenas tardes, en Agosto mi mujer comprò un kia ceed de segunda mano en la casa oficial kia. El 8 de noviembre se fue la pantalla central de la radio, GPS, etc, comunicando la casa kia que las partes electrónicas no tienen garantía. Es cierto eso? El coche no tenía ni tres meses cuando se adquirió y no nos dan soluciones. Muchas gracias

    • Virtualrec dice:

      Buenos días Migue,
      La ley de garantía establece que, en un vehículo de segunda mano, una de las obligaciones del vendedor es su disposición a cubrir todas las reparaciones durante el primer año debido a “vicios ocultos”, fallos que en principio no se manifestaban pero que ya estaban ahí, siempre y cuando no se trate de un uso inadecuado y que el fallo que presente impida el uso normal o funcionamiento para el que fue fabricado dicho vehículo. Es posible que determinadas piezas como la que indicas, si no impiden el uso normal del vehículo, no estén cubiertas por la garantía.
      Saludos

  23. Kike Pastor dice:

    Buenos días, en diciembre de 2023 he comprado un coche de segunda mano a una empresa de compraventa de vehículos, quienes me han dado una garantia de un año con un contrato realizado con una empresa que se dedica a dar garantia de averias (Garanti…. es el nombre), pero cual es mi sorpresa que en mi caso, al ser un inyector del Addblue que pierde liquido, me dicen desde la empresa de garantias que ese componente del vehiculo que esta en el tubo de escape, no me cubre, ya que en las condiciones del contrato de la garantia el escape no esta incluido. Entiendo que la empresa de garantias no quiera cubrirlo, pero la pregunta es si el vendedor profesional, deberia cubrir la averia, ya que podria tratarse de un vicio oculto. Gracias por vuestra atención

    • Virtualrec dice:

      Hola Kike!
      En la venta de vehículos de segunda mano de profesional a particular la ley de garantías establece un periodo de 24 meses que se puede reducir pero nunca debe ser inferior a un año, periodo durante el cual el vendedor está obligado a cubrir y atender todas las reparaciones debidas a “vicios ocultos” que impidan un uso normal o el funcionamiento para el que fue fabricado el vehículo. En algunos casos la garantía del vehículo se ofrece a través de un contrato con una compañía aseguradora, lo cual no exime al vendedor de sus obligaciones y cumplimiento de la ley en materia de garantía si dicha compañía no da cobertura según su clausulado a la avería que pueda presentar el vehículo, aunque la misma podría no estar cubierta por la garantía, por tratarse de un elemento que debido al uso previo que ha tenido el vehículo haya sufrido un desgaste normal por uso.
      Esperamos que te haya servido nuestra ayuda.
      Saludos

  24. Cesar Ignacio dice:

    Buenas tardes. He comprado un Nissan leaf hace 2 años, vehículo nuevo de casa oficial en canarias. Hace 1,5 meses ha dejado de funcionar por un fallo electrónico y no me dan ni respuesta ni vehículo de sustitución. Cuánto tiempo tengo q esperar según la garantía para solicitar un coche nuevo o una indemnización económica? Cuánto tiempo puede demorar el taller oficial en darme respuesta? Gracias

    • Virtualrec dice:

      Hola Cesar,
      Lamentablemente en puntuales ocasiones un vehículo puede presentar un fallo que es complicado reproducir con el fin de encontrar el origen. Durante el tiempo que el vh está siendo diagnosticado y/o reparado, y por lo tanto no está siendo utilizado, el periodo de garantía queda suspendido y no computa. La Ley de Garantías establece ante un producto defectuoso, se podrá ejercer la opción entre la reparación del producto, su cambio o la devolución del dinero pagado dentro de los 6 meses desde la adquisición del producto, con el inconveniente de que el vehículo presenta un fallo que no se reproduce, aunque desde el pasado enero de 2022, la ley establece un periodo de dos años, en el que el consumidor no necesita demostrar la falta de conformidad del producto.
      Saludos!

  25. Lucas dice:

    Buenos dias, compré de segunda mano en concesionario, me dan garantía de 2 años pero me dices que la garantía se limita a motor y caja de cambios y excluye otras partes del coche. Es legal eso?? Entiendo que al menos el primer año debería ser una garantía completa exceptuando las piezas de desgaste.

    • Virtualrec dice:

      Buenos días, Lucas.
      En la venta de vehículos de segunda mano de profesional a particular la ley de garantías establece un periodo de 24 meses que se puede reducir pero nunca debe ser inferior a un año, periodo durante el cual el vendedor está obligado a cubrir y atender todas las reparaciones debidas a “vicios ocultos” que impidan el uso normal o funcionamiento para el que fue fabricado el vehículo, exceptuando aquellas piezas o elementos sometidos a uso y desgaste o a un uso inadecuado.
      Saludos!!

  26. Pascual dice:

    Buenos días. He comprado una Kangoo de 2018, con 84.000 km a un concesionario muy grande y con mucha implantación nacional de segunda mano. Se supone que tiene al menos un año de garantía. Le falla el turbo o alguna pieza de admisión pues silba y no tiene potencia. La pregunta es si puedo repararlo en un concesionario oficial Renault y luego reclamar el importe al concesionario o si necesariamente deben repararlo ellos en los talleres que ellos elijan ….Gracias

    • Virtualrec dice:

      Hola Pascual,
      En tu caso deberás contactarte con el concesionario ya que son ellos quien deben encargarse de arreglar tu coche.
      Saludos!!

  27. Joshua dice:

    Hola buenas, yo he denunciado al compraventa donde compré un vehículo de segunda mano, lo he hecho en los juzgados de mi población, pero el fiscal refiriendose al art.50 de lec dice que debo hacerlo en los juzgados del domicilio del compraventa. Es correcto? No lo tenía entendido así. Grcias

  28. Manuel Mediavilla luquero dice:

    Buenas tardes
    Estoy viendo la posibilidad de comprar un Renault Megane 1,2 tce gasolina 115 CV, del año 2013, pero hemos visto que ese modelo de motor están bajo lupa por qué fallan, empiezan consumiendo aceite y pueden acabar teniendo que cambiar el motor, cuyo valor es semejante al coste del automóvil, es un compraventa y no se que podemos hacer para estar tranquilos o que debemos.pedir para asegurar que en caso de problemas nos reparen el vehículo, ademas si la fabrica como lo estan pidiendo las organizaciones de consumidores tambien esta obligada a llamar a revision nuestro coche. O es mejor cambiar de planes. Que nos aconsejas.

    • Virtualrec dice:

      Hola Manuel,
      En primer lugar aclarar que los motores consumen una pequeña cantidad de aceite durante el proceso de combustión, cantidad que suele aparecer en las especificaciones del vehículo en su libro de mantenimiento y servicio y/o de instrucciones. Esta característica provoca que, debido a la mejora en las calidades de los aceites actualmente utilizados cuyas propiedades se mantienen durante mayor tiempo y kilometraje, los intervalos de mantenimiento sean mayores, haciendo necesario rellenar el nivel entre cada cambio de aceite. Desconocemos si en este modelo en concreto existe un problema que pueda hacer que el fabricante lleve a cabo una campaña de producto, algo a lo que está obligado en el caso de que se detecte algún fallo o posible defecto relacionado con la seguridad o que pudiera comprometer a la misma. En la compra de vehículos de segunda mano a una empresa, en este caso como indicas a un profesional de la compra venta de vehículos, la ley establece un periodo mínimo de garantía de un año por el que una de las obligaciones del vendedor es su disposición a cubrir todas las reparaciones debidas a “vicios ocultos”, fallos que en principio no se manifestaban pero que ya estaban ahí, siempre y cuando no se trate de un uso inadecuado y que el fallo que presente impida el uso normal o funcionamiento para el que fue fabricado dicho vehículo.
      Saludos!

  29. Enrique Manuel dice:

    Hola.
    Leo en varias páginas información distinta y nose q pensar… ¿según la ley actual la carga de la prueba del vicio oculto recae sobre el comprador o vendedor?

    • Virtualrec dice:

      Hola Enrique, gracias por tu pregunta.
      La nueva Ley establece que, salvo prueba en contrario, se presume que la falta de conformidad que se manifieste en los dos años siguientes a la entrega del bien ya existía cuando el bien se entregó, excepto cuando para los bienes esta presunción sea incompatible con su naturaleza o la índole de la falta de conformidad, es decir que la prueba recae sobre el vendedor, aunque también indica que el comprador deberá cooperar para establecer si la causa de la falta de conformidad radica en el entorno del comprador, de manera que si este se niega a cooperar y el vendedor haya informado al comprador de esta cuestión de manera clara y comprensible con anterioridad a la compraventa, es en ese caso en el que la carga de la prueba sobre si la falta de conformidad existía o no con anterioridad, si que recaerá en el comprador.
      Saludos

  30. Maryam dice:

    Compre un Peugeot 206 de segunda mano este Septiembre 2023 a profesional de compraventa firmando el contrato con 1 año garantía motor y caja
    Desde el primer mes todo a Sido problemas,ruido en motor se cambio bieletas,cono de escape,carga de aire,cada 10 días era algo,sin contar el exceso de gasto de agua refrigerante y altas temperaturas de tener que parar el coche,al llegar diciembre se calentó del todo y estuve casi el mes sin coche cambiaron brida y termoestato,descubren también corto en el comprensor del aire…Ya mi situación con el coche era amargante y pongo hoja de reclamaciones al vendedor ……..ya este mes de Enero pasado de nuevo se calienta y entra en taller y me dicen que es culata..todas las facturas anteriores las pagaba a regañadientes pagaba yo primero y siempre tenía que rogarle que me hiciera el ingreso siendo bochornoso para mi
    Ahora esta última factura es de 1.300€ y claro está q no dio orden de trabajo y tuve que sacarlo
    Me llama de otro número y me ofrece darme mi dinero y me recoje el coche,pero que tardaría 10 días en dármelo..
    Le digo que no puedo más y que me de mi dinero rápido y le entrego el coche en el día
    Llamo grúa del seguro para q lo recojan y lo lleven a su nave de coches con talleres al lado y me rechaza el coche y lo
    Manda de nuevo para atrás..
    Tengo todas las pruebas y por supuesto reclamo en Omic este mismo lunes..mi consulta es la siguiente,,la policía nacional o guardia civil me recojeria una denuncia por estafa de venta de vehículo?gracias y perdón por ser tan extensa..

    • Virtualrec dice:

      Hola Maryam, lamentamos la experiencia que has tenido en base a lo que nos explicas.
      Efectivamente puedes poner una denuncia por estafa en la comisaría de policía. Comentarte que en la venta de vehículos de segunda mano de profesional a particular la Ley de garantías actual establece un periodo de 24 meses que se puede reducir, pero nunca debe ser inferior a un año, periodo durante el cual el vendedor está obligado a cubrir y atender todas las reparaciones debidas a “vicios ocultos” que impidan un uso normal o el funcionamiento para el que fue fabricado el vehículo. En algunos casos la garantía del vehículo se ofrece a través de un contrato con una compañía aseguradora, lo cual no exime al vendedor de sus obligaciones y cumplimiento de la ley en materia de garantía si dicha compañía no da cobertura según su clausulado a la avería que pueda presentar el vehículo.

      El comprador podrá exigir una reducción proporcionada del precio o la resolución del contrato, en cualquiera de los siguientes supuestos:

      a) En relación con el vehículo comprado cuando la medida correctora consistente en ponerlos en conformidad resulte imposible o desproporcionada

      b) El vendedor no haya llevado a cabo la reparación o la sustitución de los bienes o no lo haya hecho en un plazo razonable siempre que el consumidor o que el usuario hubiese solicitado la reducción del precio o la resolución del contrato.

      c) Aparezca cualquier falta de conformidad después del intento del vendedor de poner el vehículo en conformidad.

      e) La falta de conformidad sea de tal gravedad que se justifique la reducción inmediata del precio o la resolución del contrato.

      f) El vendedor haya declarado, o así se desprenda claramente de las circunstancias, que no pondrá el vehículo en conformidad en un plazo razonable o sin mayores inconvenientes para el comprador.

      El comprador ejercerá el derecho a resolver el contrato mediante una declaración expresa al vendedor indicando su voluntad de resolver el contrato.

      Esperamos haberte ayudado.
      Saludos

  31. Rob dice:

    Hola haces tres meses he comprado un coche de 2da mano a un concesionario. Pero el
    Coche no me gusta como funciona a pesar de que el concesionario ha reparado sus averías en garantía.. puedo devolver el coche existe alguna ley o artículo que me
    Favorezca?

    • Virtualrec dice:

      Hola Rob,

      La legislación vigente en materia de garantías establece que el comprador podrá exigir la resolución del contrato, en cualquiera de los siguientes supuestos:
      a) En relación con el vehículo comprado cuando la medida correctora consistente en ponerlos en conformidad resulte imposible o desproporcionada
      b) El vendedor no haya llevado a cabo la reparación o la sustitución de los bienes o no lo haya hecho en un plazo razonable siempre que el consumidor o que el usuario hubiese solicitado la reducción del precio o la resolución del contrato.
      c) Aparezca cualquier falta de conformidad después del intento del vendedor de poner el vehículo en conformidad.
      e) La falta de conformidad sea de tal gravedad que se justifique la reducción inmediata del precio o la resolución del contrato.
      f) El vendedor haya declarado, o así se desprenda claramente de las circunstancias, que no pondrá el vehículo en conformidad en un plazo razonable o sin mayores inconvenientes para el comprador.

      El comprador deberá ejercer el derecho a resolver el contrato mediante una declaración expresa al vendedor indicando su voluntad de resolver el contrato.

      Saludos

  32. Amanda dice:

    Buenas tardes, hace aproximadamente 1 años compré un coche clio de ocasion en concesionario volkwagen y tenía fallo siempre me encendía la luce de la llave cuando hija a mirar decía que no era nada y hace 2 días el coche me dejó tirado, resulta es la batería cuando nos dimos cuenta tanto el taller que llevé y el chico de la grúa se dieron cuanta que la batería que tenía puesto era tenía nada que ver con la necesidad del coche para que funcione bien que podía haber quemado un sistema, fui a la consecionario no quiere reconocer porque no cambie con ellos aún teniendo la prueba y fotos. Que debería hacer o como ?

    • Virtualrec dice:

      Hola Amanda,
      En la venta de vehículos de segunda mano de profesional a particular la ley de garantías establece un periodo de 24 meses que se puede reducir pero nunca debe ser inferior a un año, periodo durante el cual el vendedor está obligado a cubrir y atender todas las reparaciones debidas a “vicios ocultos” que impidan un uso normal o el funcionamiento para el que fue fabricado el vehículo. No obstante no todas las piezas estarían cubiertas por la garantía, por tratarse de elementos que debido al uso previo que ha tenido el vehículo hayan sufrido un desgaste normal por uso, como puede ser el caso de la batería.
      Saludos!

  33. Mariano dice:

    Buenas tardes, el 23 de febrero compré un Opel Astra cdti con cadena de distribución, según mi vendedor (profesional) la cadena de distribución no lleva mantenimiento, cuando lo llevé a mi mecánico de confianza me dijo que la cadena está estirada y tiene holgura y que hay que cambiarla porque puede romperse y hacer una avería mucho más grave ya que rompería válvulas, pistones… En fin… Según el vendedor esa reparación no la cubre la garantía porque yo he firmado una garantía en la que se recoge que solo cubre árbol de levas, bielas, bloque, cigueñal bielas y pistones… No sé si es legal esa garantía

    • Virtualrec dice:

      Hola Mariano!
      En la venta de vehículos de segunda mano de profesional a particular la ley de garantías establece un periodo de 24 meses que se puede reducir pero nunca debe ser inferior a un año, periodo durante el cual el vendedor está obligado a cubrir y atender todas las reparaciones debidas a “vicios ocultos” que impidan un uso normal o el funcionamiento para el que fue fabricado el vehículo. En algunos casos la garantía del vehículo se ofrece a través de un contrato con una compañía aseguradora, lo cual no exime al vendedor de sus obligaciones y cumplimiento de la ley en materia de garantía si dicha compañía no da cobertura según su clausulado a la avería que pueda presentar el vehículo, aunque la misma podría no estar cubierta por la garantía, por tratarse de un elemento que debido al uso previo que ha tenido el vehículo haya sufrido un desgaste normal por uso, como puede ser el caso de la cadena de distribución, que a pesar de no estar incluida en el programa de mantenimiento del fabricante puede presentar un desgate o estiramiento por el propio uso y kilómetros del vehículo.
      Esperamos haberte ayudado.
      Saludos!

  34. Kike dice:

    Buenos días, voy a comprar una furgoneta en un profesional que se dedica a la compra venta de coches y furgonetas, la sorpresa es cuando me explica que por ley la garantía de una furgoneta al ser considerada herramienta de trabajo , es de 0 meses , que ellos Dan 6 meses por cortesía, que hay de cierto en ello y que garantía debo pedirle?

    • Virtualrec dice:

      Hola Kike,
      Muchas gracias por tu comentario. La ley de garantías establece que el plazo de garantía en un vehículo de segunda mano se puede pactar entre el comprador y el vendedor, pero nunca puede ser inferior a un año. No obstante cuando la compraventa se realiza entre profesionales o empresas es posible no pactar un periodo de garantía negociando un menor precio con independencia del vehículo en cuestión.
      Saludos!

  35. Carlos Bécquer dice:

    Buenos días, he comprado un coche a un concesionario y todavía está dentro del plazo de garantía del año. La semana pasada tuvo una avería y lo tuve que trasladar al taller de dicho concesionario pues no lo podía llevar a un lugar más cercano de mi domicilio por estar en garantía. Entre los días que estuvo en el taller el mecánico me explicó que el problema se originó por el desgate y rotura de las juntas de uno de los 4 inyectores, por lo que se procedió al cambio de todas las juntas una vez llegó el pedido de las mismas. Cuando me dijeron que estaba listo el coche para recogerlo, me estaban esperando con una factura de 200€, a lo que pregunté el por qué, ya que estaba en garantía. Lo que el encargado me dijo que como eran piezas de desgaste y que eso no lo cubre la garantía, como no sabía si lo que decía era cierto y con ganas de llevarme el coche, ya que tenía que desplazarme más de 60 km para regresar a mi hogar, acepté el cobro de esa factura.
    Es legal el cobro de este arreglo estando el coche dentro del plazo de garantía?

    • Virtualrec dice:

      Hola Carlos.
      Muchas gracias por tu consulta. En la venta de vehículos de segunda mano de profesional a particular la ley de garantías establece un periodo de 24 meses que se puede reducir pero nunca debe ser inferior a un año, periodo durante el cual el vendedor está obligado a cubrir y atender todas las reparaciones debidas a “vicios ocultos” que impidan el uso normal o funcionamiento para el que fue fabricado el vehículo, exceptuando aquellas piezas o elementos sometidos a uso y desgaste o cuyo fallo es debido a un uso inadecuado. En el caso que comentas si efectivamente el problema ha tenido como origen el desgaste y posterior rotura de las juntas de los inyectores, efectivamente su sustitución no estaría cubierta por la garantía.
      Saludos!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.